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Limitantes Para Promocionar Obra e Informes del Gobierno: INE

*Los gobiernos del estado y los municipios deben atender la ley, y no publicitar los supuesto logros de su gobierno o su imagen y voz, fuera de los tiempos constitucionales marcados en un periodo de siete días antes y cinco días después, de su informe de gobierno.
Por Mayra Cervera
Chetumal.- Como marca el articulo 134 constitucional, el gobernador del estado y los once presidentes municipales, cuentan con un periodo de 13 días para publicitar en medios de comunicación, impresos, digitales o electrónicos, el contenido de su informe anual de labores.
El vocal ejecutivo del INE en el distrito 02, Francisco Croce Flota, explicó que se trata de un periodo de siete días antes, y cinco días después, incluido el día programado para la sesión solemne, en donde se puede utilizar la imagen y la voz, así como material gráfico de las obras que deseen dar a conocer.
De acuerdo con la ley, el Instituto Nacional Electoral, es el órgano facultado para regular y en su caso documentar la violación a esta norma, cuando se trata de publicaciones en tiempos de radio y televisión.
Y para el caso de las redes sociales y otra forma de publicidad, será el instituto electoral local, la autoridad encargada de revisar posibles violaciones a la norma, aunque según las autoridades de l INE y el Ieqroo hasta la fecha aun no reciben alguna queja sobre estos temas.